Los negocios de
la Administración de Justicia
Aunque la
Constitución Nacional no lo diga expresamente, la Administración de Justicia
constituye uno de las funciones básicas y esenciales del Estado.-
Desde su Preámbulo, que proclama como fin el aseguramiento de la libertad, la igualdad y la justicia, pasando por la prohibición de hacerse justicia por sí mismo; y la garantía de igualdad para el acceso a la justicia, entre otras tantas disposiciones, la Constitución, se encarga de dejar en claro, que la administración de Justicia es una de las misiones fundamentales del Estado, a cuyo efecto, designa al Poder Judicial para su cumplimiento.-
Así las cosas, y entendiendo que interesa a toda la ciudadanía el mantenimiento de la paz social sobre la base de la administración y solución de los conflictos individuales por el Estado, los gastos que demanda la organización y funcionamiento del Poder Judicial, son soportado por los todos los contribuyentes, mediante el pago de sus impuestos.-
Con sus ingresos tributarios el Estado paga salarios de Jueces y Funcionarios, al igual que insumos y materiales requeridos. Sin embargo, se han creado una serie de “costos” adicionales que, cuando no impiden, entorpecen el ejercicio del derecho al acceso a la Justicia.-
El origen de estos “costos” reconoce razones históricas, que hoy día ya no existen. Entre ellas, las Tasas Judiciales, han sido creadas por Ley del año 1971, con el objeto de recaudar fondos para el pago del préstamo otorgado por la República de Sudáfrica, para el financiamiento del actual edificio sede del Poder Judicial.-
Después, se modificó el destino de la recaudación, otorgando “complementos” a salarios de Magistrados, y actualmente, financian programas de la Corte Suprema de Justicia, del Ministerio Público y del Ministerio de Justicia, para “construcción y mejoramiento de la infraestructura penitenciaria”.-
Los otros costos, tenían como objetivo cubrir las retribuciones de Secretarios y demás funcionarios de Juzgados, que no gozaban de un salario presupuestado. Cuando dichos funcionarios fueron remunerados por el Estado, se procedió a eliminar la “planilla de costos judiciales”.-
Sin embargo, el sistema no desapareció totalmente. Hasta hoy, Jueces, Secretarios y Ujieres cobran “viáticos” establecidos por la Corte. Las “Escrituras” elaboradas por los Secretarios también deben ser pagadas por los usuarios del Servicio de Justicia, a pesar de que, todos ellos, reciben un salario pagado con recursos del Presupuesto de Gastos de la Nación financiado con nuestros impuestos.-
Estos “gastos” (Tasas Judiciales, viáticos y “honorarios” por Escrituras) constituyen un inmenso negocio que progresa permanentemente. El Poder Judicial anuncia periódicamente que se ha registrado un nuevo “record” en la recaudación de Tasas Judiciales (Gs. 281.660.350.035, de enero a noviembre de 2013) y aunque no se disponen de cifras oficiales, los ingresos de Jueces, Secretarios y Ujieres, en concepto de “viáticos” y “honorarios” superan largamente el monto de sus salarios.-
Para muestra, valga un botón, un Secretario del Juzgado de Garantía de cualquiera de las ciudades más importantes de la Republica, labran por lo bajo cinco “Escrituras” de fianza al día, en concepto de medidas alternativas o sustitutivas a la prisión, lo que representa aproximadamente 1.600.000 guaraníes diarios de ingreso “extra”. Si dicha suma multiplicamos por 20 días hábiles, tendremos una idea aproximada del “negocio” que representa esta actividad.-
Es tiempo de repensar la función de la Administración de Justicia. Es oportuno que el Estado Paraguayo cumpla con los mandatos Constitucionales, y diseñe un Sistema de Justicia eficiente, económico y eficaz en beneficio de sus ciudadanos. Es tiempo de que la Justicia, deje de ser un negocio, y de paso, que también, y fundamentalmente, se inicie el combate y castigo de los “negociados”.-
jorge rubén vasconsellos