Persiguiendo ladrones de gallinas y repartiendo juguetes

 

El allanamiento, que la semana pasada se llevó a cabo en las oficinas de la Confederación Sudamericana de Futbol, que puso – nuevamente – a nuestro país en el centro de la información internacional, nos hizo creer que el Ministerio Público había comenzado a enderezar sus actuaciones hacia la persecución de hechos punibles graves, y que solo restaba que dejaran de perseguir ladrones de gallinas (Villarrica, oct/2015), víctimas de usureros, desempleados insolventes por incumplimiento del deber legal alimentario, y ciudadanos “sospechosos” de conducir en estado de ebriedad. Conducta sobre lo que ya nos hemos referido apenas una semana atrás en esta misma columna.-

 

La ilusión duró poco. Se fue desvaneciendo a medida en que los medios de prensa fueron dando cuenta de los detalles del procedimiento realizado a solicitud de la Justicia Estadounidense, y posteriormente, cuando Hernán Galeano, Fiscal de lavado de dinero, y Federico Espinoza, Fiscal Adjunto de anticorrupción, en conferencia de prensa anunciaron que el Ministerio Público no tenía interés alguno en investigar los hechos que motivaron el enjuiciamiento de los más altos dirigentes del Futbol mundial.-

 

El Fiscal Adjunto declaró: “Al no existir el soborno privado en la legislación paraguaya, no podría existir lavado de dinero”, para poner punto final a cualquier discusión, y sellar definitivamente la negativa del Ministerio Público paraguayo a desarrollar labores de investigación que pudieran arrojar como resultado el procesamiento – en nuestro país – de los “barones” del futbol sudamericano.-

 

Alguno habrá soltado un suspiro de alivio luego de escuchar las declaraciones del Fiscal Espinoza, viendo que el futuro les sonreía, e inclusive – quizás – desde la defensa de Nicolás Leóz, se hayan celebrado estas manifestaciones.-

 

Luce evidente que el Fiscal Adjunto, y la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción, siquiera se han tomado la molestia de estudiar (o por lo menos leer) el Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de los Estados Unidos de América, aprobado por Ley Nº 1442/99, cuyo Art. 1º, dice: “…Darán lugar a la extradición, los delitos punibles con pena privativa de libertad cuyo máximo sea mayor a un año o una pena más grave, conforme a la legislación de ambas Partes…”, y seguidamente incluye una serie de reglas que deben aplicarse para determinar sus alcances.-

 

La lectura de las expresiones de Federico Espinoza, debe ser realizada a la luz de las disposiciones del Tratado de Extradición, pues, si tomamos por cierto que las sumas de dinero recibidas por los dirigentes deportivos en carácter de “soborno”, no tuvieran un origen ilícito, punibles o antijurídicos, la conducta que se atribuye a Leoz y otros, no podría configurar como blanqueo de activos o lavado de dinero, en la legislación paraguaya, y por lo tanto, por aplicación de lo establecido en el mencionado Art. 1 del Tratado de Extradición, la solicitud de la Justicia Estadounidense, no podría prosperar.-

 

Ahora bien, si nos detenemos a considerar la calificación que la Justicia Estadounidense otorga a los hechos ilícitos que se atribuyen a Leoz y los demás dirigentes del futbol mundial, conforme el pedido de extradición remitido a nuestro país, hemos de constatar que se trata de “conspiración para practicar crimen organizado hasta el fraude de transferencia electrónica y conspiración de lavado de dinero”, lo que se traduce en la legislación paraguaya como Asociación Criminal, Operaciones fraudulentas por computadora y Lavado de dinero, sin perjuicio de que las mismas conductas pudieran constituir Estafa (Art. 188, inc. 2, CPenal), e inclusive Lesión de confianza (Administración fraudulenta).-

 

Pero, nada de esto ha sido considerado por los altos exponentes del Ministerio Público paraguayo, quienes por ligereza, negligencia, desconocimiento o intencionalmente (en cualquiera de los casos, es igualmente grave), persisten en la negativa de investigar la conducta de los requeridos por la Justicia extranjera y reafirman la vigencia de aquello que, en la obra de José Hernandez, decía “El Moreno” a Martín Fierro cuando le preguntaba ¿que entendés por la ley? y aquel respondía: “…La ley es tela de araña, en mi inorancia lo esplico: no la tema el hombre rico, nunca la tema el que mande, pues la ruempe el vicho grande y solo enrieda á los chicos…”.-

 

La actitud, conducta y manifestaciones de los “representantes de la sociedad paraguaya” debe necesariamente llamarnos al análisis y reflexión, para concluir si es éste el Ministerio Público que merecemos y queremos.-

 

Debemos plantearnos seriamente si el Ministerio Público que tenemos es (o no) el adecuado para enfrentar con posibilidades de éxito los desafíos que representa el combate del crimen organizado, y a los grandes delincuentes de cuello blanco.-

 

De lo contrario, seguiremos asistiendo al triste espectáculo de un Ministerio Público fuerte con los débiles y débil con los poderosos. Un Ministerio Público que se desgasta en la persecución de ladrones de gallinas y que pretende “lavar” su imagen repartiendo los juguetes el día de Reyes, que conductores ebrios son obligados a “donar” para eludir el castigo que la ley contempla, mientras los grandes delincuentes siguen gozando de las posiciones de privilegio que ostentan.-

 

Jorge Rubén Vasconsellos