Descontrol e impunidad en el Ministerio Público

 

Se podría decir que ha pasado a formar parte del paisaje costumbrista, ver Fiscales fuera de Tribunales, encabezando “comitivas policiales”, sea para ejecutar órdenes de allanamiento, de captura, de desalojo, y hasta para realizar “controles aleatorios rutinarios” en calles, rutas, espectáculos públicos y deportivos.-

 

Así han sido protagonistas de todo tipo de irregularidades, al punto de llegar a extremos, como el robo o saqueo de objetos y dinero guardados en la caja fuerte de algún narcotraficante, cuya revelación fue posible gracias a aparentes desavenencias en el reparto del botín, y solo por ello, ha se ha juzgado y condenado (el hecho y su protagonista) hace aproximadamente diez años.-

 

Estos hechos, a pesar de su gravedad, no generaron, ni generan la reacción de las autoridades superiores del Ministerio Público, quienes siguieron aprobando el irregular proceder de sus Fiscales, quienes abandonando el rol de representar a la sociedad “ante los órganos jurisdiccionales del Estado” (Art. 266, C.N), asumieron funciones policiales o parapoliciales. Se disfrazaron de combatientes, vistieron uniformes de camuflaje, calzaron armas a la cintura, y hasta se colgaron al hombro armas largas. Fotografías de Fiscales que podrían ser confundidos con integrantes de tropas de élite, han ilustrado páginas de periódicos, y cuentas de redes sociales, y desde los más altos niveles del sistema judicial, nadie ha reaccionado.-

 

Las únicas reacciones se han registrado en los “operativos fallidos”, cuyo resultado expuso ante la sociedad, el absurdo maridaje entre las fuerzas de seguridad e integrantes del sistema judicial.-

 

Aún fresco en la memoria el homicidio de Miguel Ángel Marín Alvarenga, quien el 1 de noviembre del año pasado, a las 03:30 horas, fue víctima de un “disparo intimidatorio” (que le impacto en la cabeza), efectuado por un Policia, durante un “control aleatorio rutinario” (eufemismo para denominar Barreras Policiales de represión), organizado, dirigido y bajo la responsabilidad del Fiscal Blas Imas.-

 

Vivian Paredes Zanotti Cavazzoni, de solo 3 años, corrió la misma (mala) suerte, alcanzada por las balas homicidas de funcionarios de la Secretaría Nacional Antidrogas, en un allanamiento realizado bajo la dirección y control del Agente Fiscal Carlos Alberto Alcaráz, apenas el mes pasado.-

 

Varios casos, podríamos decir que muchos, pueden ilustrar estas líneas, que pretenden evidenciar las irregularidades y el descontrol en que se ha sumido, desde hace mucho tiempo, nuestro sistema judicial, que promueve, alienta y protege a sus integrantes, sin detenerse a analizar la responsabilidad derivada de este tipo de conductas, que son claro ejemplo de mal desempeño de funciones, de un marcado desvío en el ejercicio de sus atribuciones, y un grosero abuso de poder.-

 

Mientras ladrones de lechugas y gallinas conocen de los rigores del sistema penal, Agentes Fiscales y Jueces apenas son sometidos a procedimientos disciplinarios con el único propósito de blanquear sus conductas ante la sociedad. Verdaderas parodias, sin consecuencia alguna, excepto en contadas ocasiones en que alcanzan a trascender a la prensa los escandalosos detalles de sus inconductas.-

 

Embriagados de impunidad, ahora, los Agentes Fiscales van por más, e incursionan abiertamente en la actividad política, sin que nadie se escandalice por ello.-

 

Concurren a eventos destinados a promocionar candidaturas al Consejo de la Magistratura, con la excusa de que se trata de actividades gremiales, y se dedican – de igual forma – a promover reformas Constitucionales, alegando la necesidad de procurar la independencia del sistema judicial.-

 

Resulta, sin embargo, que el Consejo de la Magistratura se integra con representantes de “…abogados de la matrícula, nombrados por sus pares en elección directa….” (Art. 262 de la C.N.), y los Agentes Fiscales, no lo son. No son Abogados de la Matrícula, por ejercer una función incompatible, por su calidad de Funcionarios Públicos dependientes del Poder Judicial, conforme lo señala claramente el Art. 97 de la Ley Nº 879, Código de Organización Judicial.-

 

Esto lo sabe muy bien la Corte Suprema de Justicia, pero nada hace al respecto. No cumple con su obligación de depurar la lista de Abogados Matriculados, excluyendo a aquellos que se encuentran afectados por incompatibilidades determinadas por la Ley, permitiendo que en el Padrón de Abogados Matriculados sigan figurando Fiscales, Jueces, Funcionarios Públicos, Miembros de las Fuerzas Armadas y Policiales, distorsionando el propósito enunciado por la Constitución.-

 

Aquellos, no son, ni pueden ser considerados Abogados Matriculados. No son, ni pueden ser considerados “pares” de éstos, y no pueden, ni deben participar, de modo alguno, en campañas electorales, porque la misma Constitución les prohíbe desarrollar actividades políticas (Arts. 254 y 270 CN).-

 

Política, por definición es “…Actividad de quienes rigen o aspiran a regir los asuntos públicos…Actividad del ciudadano cuando interviene en los asuntos públicos con su opinión, con su voto, o de cualquier otro modo…”, y nadie puede dudar que la representación de los Abogados es política (representación política: representación que ejercen los elegidos en votaciones democráticas).-

 

Los Agentes Fiscales, insatisfechos con invadir funciones policiales, van ahora por el camino de la política, desnaturalizando y degradando la función que le es propia, sin ningún tipo de consecuencia, ningún llamado de atención, con absoluta impunidad.-

 

Jorge Rubén Vasconsellos