A merced de delincuentes y barrabravas
El sábado pasado accedí a las imágenes del sistema de circuito cerrado de televisión de un automóvil que registró el preciso instante en que un pequeño grupo de pasajeros de un ómnibus de transporte público descendía del mismo para protagonizar un acto de violencia, pudiendo observarse a uno de ellos, portando ostensiblemente un arma de fuego utilizada para amenazar a los ocupantes de otro vehículo, contra el cual, los demás, descargaban su furia, aplicando golpes. Cuando el vehículo objeto de agresión logró escapar, la pequeña turba regresó al bus para seguir camino.-
El hecho, protagonizado por quienes parecían “barrabravas”, se produjo en las inmediaciones de la Avda. Mariscal López esquina Santa Rosa, de la ciudad de Asunción, el día 20 de julio pasado, minutos después de las 18:00 horas.-
Este hecho, no se trata de un acontecimiento excepcional o aislado. Al contrario, ha pasado a ser parte de una conducta reiterada y constante los días en que se desarrollan “espectáculos futbolísticos”, cuyos resultados y consecuencias se retratan, al día siguiente de cada encuentro, en las crónicas policiales de los medios de prensa.-
El mismo día en que accedí a dichas imágenes se disputaba el clásico del futbol paraguayo, y al día siguiente, se repetían las noticias de enfrentamientos a tiros entre hinchas de ambos clubes, y otros hechos delictivos.-
La violencia que se registraba antes, al interior de los estadios de futbol, ha disminuido sensiblemente, con la adopción de medidas de prevención, restringiendo la entrada de inadaptados y alcoholizados, prohibiendo el ingreso de objetos contundentes o arrojadizos, estableciendo protocolos de acceso y salida, instalando sistemas de circuito cerrado de televisión, entre otros.-
Pero esa misma violencia se trasladó a un escenario más amplio, y por tanto, más difícil de controlar. Las calles de nuestras ciudades se han convertido en verdaderos teatros de operaciones para la “celebración de un ritual de violencia” que se disfraza con los colores de clubes de futbol, con grave riesgo para la seguridad de todos.-
Frente a este tipo de hechos, la Policía no ha podido (o no ha sabido) dar respuestas adecuadas, porque – sencillamente – carece de los más elementales criterios de prevención. La formación académica e intelectual no le permite diseñar otro tipo de medidas, que las meramente represivas.-
Para las fuerzas del orden, todo se limita a marcar presencia en determinados puntos considerados “rojos”, con propósito disuasorio, y ejercer la fuerza ante la aparición de brotes de violencia, dejando al resto de nuestras ciudades en absoluto desamparo, a merced de la inseguridad.-
Del mismo modo, y con el mismo criterio con el cual establecen puntos de “control” e instalan barreras, en el convencimiento de que deben esperar que transiten por esos mismos lugares, incautos con antecedentes, permitiéndoles “sacar de circulación” a personas con órdenes de captura, con prohibición de acceso a los estadios de futbol, o por violación del régimen de arresto domiciliario, organizan y despliegan sus tareas en las proximidades de los escenarios deportivos, limitando geográfica y funcionalmente el trabajo que deben realizar, en beneficio de la sociedad.-
El “control” de documentos o verificación de identidad, no es método de prevención, y no funciona como tal en nuestro país, ni en ningún otro lugar del mundo. Pero los Jefes Policiales, tozudos e ineficientes, evidentemente, no lo entenderán jamás.-
Amparados por la desidia, indolencia e ignorancia del Ministerio Público, y en muchos casos con la complicidad de los Jueces, realizan de modo indiscriminado el “control aleatorio” de documentos, en violación a las disposiciones Constitucionales y Legales, en determinados puntos de nuestras ciudades, mientras en otras zonas, florecen el delito, la violencia y la inseguridad.-
La ley establece claramente los métodos y procedimientos que deben adoptarse para combatir la inseguridad. El problema es que la Policía, el Ministerio Público y los Magistrados, parecen no haber leído, o – cuando menos – haber comprendido, que el Art. 182 del Código Procesal Penal autoriza a la Policía a realizar “Inspección colectiva” de personas y vehículos, con carácter preventivo, a los efectos de “…realizar la requisa personal, siempre que haya motivos suficientes que permitan suponer que una persona oculta entre sus ropas, pertenencias, o lleva adheridas externamente a su cuerpo, objetos relacionados con el hecho punible…” (Art. 179), o proceder de igual manera con los vehículos “…siempre que haya motivos suficientes para suponer que una persona oculta en él objetos relacionados con un hecho punible...”.-
En alguna oportunidad, en las aulas universitarias debatimos este tema, con la presencia de Policías, Jueces y Fiscales, quienes, aun quedando sin argumentos para sostener la legalidad y utilidad del procedimiento empleado, regresaron a sus funciones, para continuar con las mismas prácticas.-
Es que el “control preventivo de identidad” permite el cobro de “peaje” a quienes tienen órdenes de captura o antecedentes de cualquier tipo. Es un negocio que enriquece a algunos, mientras la sociedad sigue a merced de delincuentes y barrabravas.-
Jorge Rubén Vasconsellos