Las autoridades tienen la palabra
La palabra inglesa “Hack”, que significa “pirata”, no ha sido incorporada al
Diccionario de la Real Academia Española, pero es de uso extendido y hasta
aceptado para identificar quienes irrumpen clandestina e ilegalmente en
sistemas informáticos con el propósito de sustraer datos, alterarlos o dañarlos
de alguna manera.-
Por ello, a los piratas
informáticos se los llama “hackers”, y éstos, hoy día son los responsables de
la comisión de un reciente tipo de hechos punibles, denominados “ciberterrorismo”, que se caracteriza por el ataque
orientado a sistemas informáticos desprovistos de objetivos de lucro, que más
bien corresponde al “ciberdelito”, y al contrario,
procuran difundir consignas políticas o ideológicas, inutilizar o bloquear los sistemas,
generar perjuicios de todo tipo, pero sobre todo provocar sensación de
vulnerabilidad y temor.-
En nuestro país, se han dado
casos aislados de ataques de este tipo, pero, desde que se produjera el cambio
de Presidente de la República (ojo, no digo de Gobierno, porque técnicamente no
lo fue), como consecuencia de la destitución de Fernando Armindo
Lugo, y la asunción de Federico Franco Gomez, los
ataques recrudecieron.-
Estos hechos ya dejaron de ser
ocasionales. No fueron los que actúan bajo el seudónimo de “anonymous”
sus protagonistas. Según el Secretario de Información y Comunicación de la Presidencia de la
República (Sicom por sus siglas), la mayoría
de los ataques registrados en menos de un més, han
provenido de Venezuela, conforme se ha podido constatar a partir del
seguimiento efectuado mediante el rastreo de los protocolos de internet (IP).-
No pretendo llegar al extremo de
sostener que Venezuela nos ha declarado la “guerra cibernética” por razones de
orden ideológico, pero, resulta indudable que nos encontramos bajo ataque.-
Un ataque, que por el momento es
de baja intensidad, con objetivos seleccionados, de modo tal a que no quepa la
menor duda de que el Gobierno, y los sectores organizados en Partidos Políticos
que acompañaron la destitución de Fernando Armindo
Lugo, han sido (y serán en el futuro) objeto de represalia por ello.-
Sostenemos que la “guerra
cibernética” es de baja intensidad, porque hasta la fecha, los ataques se han
limitado a interferir, dañar o sustituir páginas web de organismos del Estado y
Partidos Políticos, pero, si no se toman los recaudos necesarios y no se
adoptan las medidas adecuadas, tanto desde el punto de vista técnico, como
político y jurídico, nada impedirá que en el futuro próximo, las agresiones no
se agraven.-
El “calentamiento” de la
agresión, podrá traducirse en ataques globales, o en la introducción de virus
informáticos que dañen los soportes y equipos que prestan servicios de “hosting” a tales sitios, extendiéndose la contaminación a
todos sus usuarios o visitantes.-
La situación que se presenta
como posible, es de extrema gravedad, y sin embargo, a estar por las
informaciones difundidas por los medios de prensa local, el Gobierno se
limitará a la conformación de un equipo de técnicos para fortalecer la seguridad de
los sitios oficiales en la red.-
Entendemos que esta respuesta es
insuficiente y desconoce el carácter delictual del accionar de los “ciberterroristas”.-
La “reacción” oficial plantea
podría parangonarse con la actitud que tenemos los ciudadanos ante el delito
común, que – sin respuesta eficiente por parte de los órganos de seguridad del Estado
– nos obliga a elevar muros en nuestros domicilios, instalar sistemas de
alarmas o circuitos cerrados de televisión.-
Se necesita más. Resulta necesario,
y hasta indispensable que la Policía, a través de sus dependencias
especializadas, realice una investigación destinada a la individualización exacta
de los sitios desde donde proceden estos ataques.-
Se necesita que el Ministerio Público encomiende a su Unidad Especializada De Delitos Informáticos encabezar y dirigir la investigación, y hasta procurar someter a proceso penal al autor o autores, participes y participantes.-
El Código Penal paraguayo contempla clara y taxativamente, como delito, la “Alteración de Datos” informáticos, en los términos de su Art. 174, que dice:
“Artículo 174.- Alteración de datos
1º El que lesionando el derecho de
disposición de otro sobre datos los borrara, suprimiera, inutilizara o cambiara,
será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa.
2º En estos casos, será castigada también la
tentativa.
3º Como datos, en el sentido del inciso 1º,
se entenderán sólo aquellos que sean almacenados o se transmitan electrónica o
magnéticamente, o en otra forma no inmediatamente visible.”
Se incluye, igualmente, en el mismo cuerpo legal citado, el delito de “Sabotaje de computadoras”, contemplando un castigo máximo de hasta cinco años, conforme los términos del Art. 175, que reza:
Artículo 175.- Sabotaje de computadoras
1º El que obstaculizara un procesamiento de
datos de importancia vital para una empresa o establecimiento ajenos, o una
entidad de la administración pública mediante:
1. un hecho punible según el artículo 174,
inciso 1º; o
2. la destrucción, inutilización, sustracción
o alteración de una instalación de procesamiento de datos, de una unidad de
almacenamiento o de otra parte accesoria vital, será castigado con pena
privativa de libertad de hasta cinco años o con multa.
2º En estos casos, será castigada también la
tentativa.
Así las cosas, en el plano
jurídico penal, las bases necesarias para proceder a la persecución y castigo
de los hackers o piratas informáticos, se encuentran determinadas por la
legislación represiva del Estado, solo falta que los responsables de las áreas encargadas
de hacerla operativa tomen la decisión para ello, pues resulta inexplicable y
hasta lamentable, que hasta ahora, nada se haya hecho al respecto, o peor aún,
que la ciudadanía no haya sido informada de ello, en caso contrario.-
En el plano político, deviene también
indispensable, que el Estado Paraguayo, a través de sus organismos competentes
(Ministerio del Interior y Relaciones Exteriores) formulen las denuncias
necesarias ante los organismos y foros locales e internacionales en defensa de
los intereses nacionales, abandonando la actitud pasiva o de mera protección de
sus sistemas informáticos.-
En caso contrario, se
constituirán en cómplices, o cuando menos, meros charlatanes, que se limitan a
la denuncia mediática, y puede interpretarse como parte de una simple campaña
política destinada a polarizar posiciones respecto a los hechos que se vinculan
a la destitución de Fernando Lugo y la reacción de ciertos sectores de la
comunidad internacional.-
La Soberanía Nacional, no puede
ser interpretada como el derecho de una sociedad a hacer lo que quiere, sino
como la manifestación más elevada del respeto a sus Instituciones, y en tal
sentido, el principal se traduce en el sometimiento de todos – gobernantes y
gobernados -´al impero de la ley.-
Las actuales autoridades paraguayas,
ahora, tienen la última palabra.-
jorge ruben
vasconsellos
abogado