Carta
abierta al amigo Alejandro Nissen
En
el convencimiento de que la dialéctica es el método más eficaz de confrontar
ideas, y sobre todo, que es un método pacífico por excelencia, escribo estas líneas
dirigidas a un colega y amigo, hoy dedicado a la actividad política.-
Alejandro
está buscando acceder a una banca de Diputado, y en el marco de su campaña
proselitista, es lógico que busque dar golpes de efecto para atraer la atención
de la prensa, y detrás de ello, al electorado al que pretende seducir.-
En
el desarrollo de tal actividad, también es lógico que incurra en aciertos y
errores, sobre los cuales no habré de pronunciarme, por no ser analista
político.-
Pero,
me detendré en algo que me ha llamado poderosamente la atención y que –
entiendo – se trata de un grueso error que merece ser apuntado y de ser posible
corregido.-
Según
la página digital del diario ABC Color del día 20 de febrero de 2013, el
candidato a Diputado por el Partido Social Demócrata, habría solicitado “…a la Policía Nacional que se analice el
padrón electoral con el fin de ejecutar las órdenes de
captura pendientes cuando los ciudadanos buscados acudan a los locales de
votación…”.-
En
defensa de su pretensión habría sostenido: “…Queremos
el respeto del orden jurídico, hacer cumplir la ley tal cual se manda, sobre
todo aquellas órdenes de detención que están pendientes…”.-
Si
el artículo periodístico reproduce con fidelidad la actuación y expresiones de
Alejandro, creo, es mi deber de colega y amigo, señalarle su error.-
Varios
motivos hay para afirmar que la pretensión del candidato a Diputado constituye
un grueso error, pero, me detendré nada más que en los de orden jurídico.-
Desde
esta óptica, resulta absolutamente incuestionable que los VALORES que deben
protegerse y promoverse desde el Estado, tienen niveles de importancia o
prioridad, que merecen ser respetados.-
La
Libertad es un derecho y garantía cuya consagración se encuentra plasmada en la
Constitución Nacional y en los tratados internacionales ratificados y canjeados
por el Paraguay. De ello no cabe duda alguna.-
La
pérdida de la libertad, por el contrario, no es un “derecho” o “garantía” de
rango Constitucional. La ley fundamental de la Nación hace referencia a ella,
solo como una excepción de rigurosa aplicación restrictiva.-
Por
su parte, el Derecho al Sufragio, tiene el mismo reconocimiento y protección,
tanto por la Constitución Nacional, como por los acuerdos internacionales.-
Estos
son bienes o valores que el Estado y sus funcionarios están obligados a respetar
y proteger, inclusive al precio de sacrificar otros de menor jerarquía.-
No
se entienda mal, no preconizo la impunidad de nadie, lo que pretendo es que los
actos comiciales próximos no sean el lugar oportuno para organizar “redadas”,
similares a los ilegales e inconstitucionales cortes de ruta, a los que nos tienen
acostumbrados tanto la Policía Nacional, como la Caminera y las municipales.-
Si
el propósito de Alejandro se concreta, estoy seguro que una porción del
electorado no concurrirá a depositar su voto, por la mera incertidumbre que le generará
la posibilidad de que un día domingo pierda su libertad, en virtud de alguna
orden de detención librada en el año 1995 (a todas luces prescripta), tal como
ha ocurrido a una persona de edad avanzada (80) años, hace muy pocos días.-
Inclusive,
sin considerar la ligereza con la que obra la mayoría de los Agentes Fiscales
para disponer detenciones, y creyeramos que éstos
obran siempre con apego estricto a la Constitución Nacional para ordenar la
privación de la libertad de las personas, respetando el criterio restrictivo
que ella impone, la pretensión de Alejandro, desnuda nada más que la
ineficiencia de la Policía Nacional para dar cumplimiento a las medidas
dictadas por Fiscales y Jueces.-
No
deseo siquiera imaginarme el escenario que representará la propuesta del Dr. Nissen, con locales de votación a los que no se podrá
acceder sin la exhibición previa del documento de identidad para su
verificación por la Policía mediante comunicación con su base de datos, tal
como lo hacen en las ilegales barreras y cortes de ruta.-
O,
peor aún, ya en el interior del recinto electoral, en cada una de las mesas de
votación, el Presidente de Mesa, luego de verificar el nombre del elector en el
padrón, entregue nuestro documento al Policía que oficiará de “veedor” en cada
una de dichas mesas, para que realice el “procedimiento” y luego de que el elector
ejerza su derecho, sea conducido a la comisaría en carácter de detenido.-
Hace
poco más de un año, en uno de esos raros casos en que la Policía Nacional
exhibía a la sociedad las estadísticas vinculadas al cumplimiento de órdenes de
captura, se informaba que existían aproximadamente veinte y cinco mil órdenes de captura
no cumplidas.-
Con excepción de aquella ocasión, la
Policía Nacional, solo se ha limitado a informar a la opinión pública los “logros”
obtenidos, mediante la publicación de la cantidad de personas detenidas en
cumplimiento de órdenes emitidas por Fiscales y Jueces.-
Aunque, resulta muy difícil (casi imposible,
diría) manejar cifras reales, suponiendo, que los niveles de incumplimiento que
reflejaba el antes aludido informe, sigan siendo superiores al cincuenta por
ciento, y que los números se mantengan, el 21 de abril de 2013, las comisarías
y cárceles del país colapsarían.-
Si la misma cantidad (veinte y cinco
mil) de órdenes de captura se encuentran incumplidas, y las elecciones
registran un nivel de participación superior al sesenta por ciento, el lunes 22
de abril de 2013, el sistema carcelario debiera aumentar su población en
aproximadamente QUINCE MIL DETENIDOS en toda la República, es decir habría más
o menos la misma cantidad de Agentes Policiales en las Comisarías, que
detenidos en ellas.-
Pero, la sola mención de que se podría
proceder de la forma propuesta por Alejandro, hará que la concurrencia a las
urnas disminuya. Estoy seguro que muchos que saben a ciencia cierta que cuentan
con órdenes de captura y otros que no, por el solo temor de que se encuentren
en dicha situación, “por las dudas” no acudirán a ejercer el derecho al
sufragio, a pesar de que el mismo se encuentra consagrado como “Derecho Humano”
en la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de
Costa Rica.-
Tu propuesta, querido amigo, es
inaceptable. Lo aceptable es que se procure la mayor participación posible de
electores.-
También es inaceptable que la Policía
Nacional se siente en los locales de votación a esperar que “caigan” quienes
cuentan ordenes de captura, o se paren en calles y rutas a interrumpir el libre
tránsito de las personas, con el mismo propósito. Lo aceptable es que los
encargados del orden y la seguridad, salgan a las calles a investigar,
perseguir delincuentes o sospechosos, y cumplir con las órdenes judiciales de
captura.-
No podemos aceptar que actúen de “pescadores”,
desde una barrera policial o un local de votación.-
No debemos tolerar más, que a todos
nos traten como sospechosos (si no como delincuentes) hasta que demostremos que
no lo somos, mediante la exhibición (y verificación) de nuestros documentos de
identidad. Es decir, debemos resistirnos a que la presunción de inocencia sea
sencillamente ignorada por las autoridades policiales so pretexto brindarnos seguridad mediante la realización de “controles”.-
Alejandro: Espero, que no te sientas agredido
por estas reflexiones, que son el reflejo de mi preocupación, pues, si llegaras
a ser electo Diputado, deberás cumplir con el rol de ejercer la representación del
pueblo, de toda la sociedad, inclusive de aquellos que se encuentran privados
de su libertad y de quienes corren el riesgo de perderla.-
No te olvides que, aún los presos
tienen derechos que merecen ser respetados y protegidos.-
No te olvides que, la Constitución
Nacional le priva del derecho al sufragio solamente al condenado (Art. 153,
inc. 3), y que a pesar que miles de presos sin condena se encuentran inscriptos
en el padrón, habilitados para votar, no lo pueden hacer, porque un
inconstitucional artículo del Código Electoral lo impide (Art. 91, inc. d).-
No necesitamos ir lejos para encontrar
ejemplos buenos que seguir, en algunos países los presos sin condena votan como
cualquier otro ciudadano libre, y si alguna duda tenés
al respecto, podrías despejarlas mediante la lectura de “El voto de los presos”.
Un trabajo de Walter F. Carnota y José Daniel Cesano, con prólogo de Eugenio Raúl Zaffaroni,
publicado por la Editorial Ediar.-
Si llegaras a ocupar el cargo para el
cual te postulas, espero recibas y te hagas cargo de un proyecto de
modificación del Código Electoral que permita a los presuntos inocentes,
privados de su libertad esperando Sentencia, ejercer sus derechos cívicos, en
cumplimiento a lo que manda nuestra Constitución Nacional.-
Con el afecto de siempre,
jorge ruben
vasconsellos
abogado