Balance por fin de año
Al concluir el año, es tarea obligada hacer un balance sobre lo ocurrido en ese lapso de tiempo. Voy a intentar hacer el mío, que se orienta a evaluar lo que es, el área en el que trabajo: La administración de justicia penal en el Paraguay.-
Para el efecto,
parto de la base de que el sistema penal de un país mide su nivel de eficacia
cuando logra contener el progreso del delito y la inseguridad, lo que resultará
de un gran número de factores, entre los que se inscriben dos, fundamentales,
de trascendencia absoluta sobre los demás: leyes adecuadas y funcionarios eficientes
encargados de aplicarlas, tanto en su aspecto preventivo, como en la represión
o castigo.-
En nuestro país,
hemos intentado hacer bien las dos cosas. Aun con las dificultades y
limitaciones que se presentaron en su momento, se instaló – hace
aproximadamente diez años – un nuevo régimen penal. Se aprobaron y pusieron en
vigencia los nuevos Códigos, el Penal y el Procesal Penal, al mismo tiempo que
se modificaron las Instituciones encargadas de la aplicación de ellos.-
Pero la tarea no
concluyó, se detuvo en la modernización de esos Códigos y la adecuación parcial
de las estructuras del Poder Judicial, y del Ministerio Público, quedando
pendiente la tarea de adecuación del sistema de prevención de delitos. La ley
orgánica de la Policía Nacional siguió siendo la misma que se había aprobado
para la década anterior, cuando apenas el Paraguay había entrado al régimen de
libertades públicas que se inauguraron en 1989.-
Jamás se encaró
con seriedad un Código Contravencional o de
Convivencia Ciudadana, tampoco se organizó la Policía Técnica o Judicial, ni se
dictaron las leyes necesarias para lograr una indispensable contención social,
tanto en el plano social como económico.-
Quedaron
pendientes muchas modificaciones y adecuaciones que permitieran que el nuevo
sistema funcione eficientemente. No se completaron las reformas, estructurales,
legislativas, como tampoco las culturales, y ello permitió la involución.-
Los primeros
magistrados y fiscales educados para el efecto, con una visión más moderna
sobre el rol y la misión que les correspondía, intentaron, al principio y con
mucho esfuerzo, adecuarse a las nuevas circunstancias, y sufrieron la derrota.-
Algunos se
acobardaron frente a las presiones de la prensa y sectores dominantes de la
sociedad, que exigían resultados inmediatos que no era posible alcanzar en
breve tiempo, otros, funcionales a intereses particulares, permearon las
influencias de grupos de presión (económicos, partidarios, etc.) para iniciar
una desesperada carrera para lograr ascensos que les permitieran mejorar su
condición laboral y sus finanzas. Algunos abandonaron la Magistratura para
dedicarse a la actividad privada, llevándose consigo los varios millones que el
Estado había gastado en su formación profesional, y finalmente, unos pocos
bajaron su perfil, y haciendo concesiones, procuraron, y hasta hoy procuran, permanecer en sus cargos.-
El resultado – de
todas formas – es el mismo, la modernización de las leyes no concluyo, la
modificación de la estructura quedó varada en el camino y la contracultura
anuló el avance de la nueva cultura.-
De un sistema penal
inquisitivo, que solo tiene la visión de un Estado totalitario, cuyo propósito
es nada más que confirmar la hipótesis de la acusación y establecer el castigo,
es decir, de una fábrica de culpables, se procuró pasar a un sistema
acusatorio, diseñado para que el Estado se dedique a dirimir conflictos
individuales en el plano social y sancione a aquellos a quienes – comprobadamente – hayan violado sus leyes,
con el objetivo de lograr el restablecimiento de la paz social. La tarea
resultó inconclusa y fracasó.-
El Código
Procesal Penal, por primera vez, privilegiaba y garantizaba la libertad y la
presunción de inocencia, que hasta su puesta en vigencia habían sido nada más
que retórica en la Constitución Nacional. Después de mucho tiempo estas dos
conquistas de la humanidad, bajaban del texto de la Constitución y se volvían
normas operativas del sistema de justicia, y ello daba la sensación de que las
cosas finalmente mejorarían.-
Del Derecho Penal
autoritario al Derecho Penal de la mínima intervención. Del Derecho Penal del
autor, al Derecho Penal del acto. Del sistema de castigo anticipado, al de
castigo adecuado. Así sucesivamente podemos establecer todas las
características de un sistema que se pretendía dejar atrás y de otro que
procuraba instalarse.-
Que los Agentes
Fiscales dirigieran la investigación Policial y los Magistrados Juzgaran su
resultado, era el objetivo final del camino, pero en su trayecto, se padecieron
graves desviaciones. Se modificó el rumbo, se cambiaron los papeles y en este
aspecto, la tarea también fracasó.-
Al poco tiempo
los Agentes Fiscales asumieron el rol de la Policía, y se fue destiñendo la
labor de ambos, sus responsabilidades han llegado a confundirse, al punto que
los encontramos en las calles haciendo tareas de prevención y control de
automovilistas, en los estadios de futbol, en los actos públicos de
concurrencia masiva, en la persecución material de presuntos delincuentes.-
El Fiscal
abandonó su espacio y sustituyó al Comisario. Alguien debía llenar ese espacio,
porque las investigaciones llevadas a cabo por los Agentes Fiscales comenzaron
a resultar deficientes y los verdaderos culpables regresaban a las calles. Y
como todo espacio vacío tiende a llenarse, los Jueces lo hicieron.-
Cuando los
Fiscales ocuparon el lugar de la Policía, y el Juez el lugar de aquellos, la
Policía quedó desorientada, sin rumbo, pero entendió que la única forma de
combatir el delito que tenían era manipular a ambos utilizando a la prensa como
instrumento formador de opinión pública.-
En eso, tuvieron
éxito, pero residualmente lograron un propósito no deseado, la sensación de
inseguridad creció y ello provocó que el objeto material del sistema penal
mutara. Ya no era perseguir el delito respetando los parámetros de libertad y
presunción de inocencia, sino disminuir la sensación de inseguridad que se
había instalado.-
Para ello, nada
mejor que convocar a periodistas a participar de detenciones y allanamientos,
presentando a sospechosos como culpables. Solo faltaba completar el circulo,
que esos “culpable” se pudrieran en la cárcel hasta que algún Juez convalidara
la condena inicial como fruto de esa confusión de roles que lo habían hecho
ocupar el espacio que habían dejado los Fiscales, o recordando su condición de
“tercero imparcial, impartial e independiente, le devolviera su
libertad, a la espera de juicio y eventual condena.-
En este último
caso, Policías y Fiscales se unían (siguen haciéndolo) para criticar al Juez
que dejó libre a alguien que fue “delincuente”, siquiera antes de que fuera
sometido a un proceso penal debido, que lo encuentre responsable de los actos
que aquellos le endilgaron a través de los medios de comunicación social.-
Las cárceles, que
al principio registraban una disminución sustancial de procesados sin condena,
volvieron a repoblarse de “presuntos inocentes”, con la consabida
retroalimentación de la marginalidad.-
Todo lo que
pretendía superarse con la adopción del nuevo sistema penal, llenando las pocas
y precarias instalaciones penitenciarias de presos sin condena, naturalmente
saturó el sistema y comenzaron a producirse efectos colaterales. Los procesos
penales comenzaron a extinguirse por agotamiento del plazo máximo de su
duración, y ello no llamó a la reflexión, sino por el contrario, a la reacción,
y en vez de buscar las causas, se dedicaron a combatir las consecuencias.-
Con golpes de
ciego, operadores de justicia y legisladores, propiciaron e iniciaron el
“endurecimiento” la legislación procesal. Se alargaron los plazos de duración
máxima de los procesos, acunando y privilegiando la negligencia del Ministerio
Público y la mora judicial, frente al derecho de los ciudadanos a un
pronunciamiento judicial rápido.-
Cuando lo
recomendable era la agilización de procesos y el dictado de sentencias sin
dilaciones, se optó por una solución diametralmente opuesta.-
La reacción
espasmódica del Poder Legislativo, impulsado por el Poder Judicial y la opinión
publicada por la prensa, inició la hiperinflación legislativa, introduciendo
modificaciones al Código Procesal Penal, sin respetar los fundamentos y
objetivos que se tuvieron en vista inicialmente.-
Cuando lo que
correspondía era introducir reformas que contemplaran el “juicio en
flagrancia”, para aquellos casos en que no se requiriera ninguna investigación
para confirmar la hipótesis delictiva, y se pudieran dictar condenas en plazos
reducidos, que no excedieran de unos pocos días o a lo sumo unas cuantas
semanas, se extendió el plazo máximo de tres años que estaba establecido en la
norma, dejándolo establecido en cuatro, a lo que además había que sumarte (o
restarle) todo el que era utilizado por la defensa de los procesados en la
tramitación de recursos e incidentes. Es decir, estableciendo castigos
procesales al imputado, por el simple hecho de hacer uso de los mecanismos establecidos
legalmente para garantizar su defensa en juicio.-
Triunfaron la
negligencia, la desidia y la morosidad judicial, dejando como saldo el aumento
dramático de procesados sin sentencia, la saturación de los Juzgados y
Tribunales, y la insatisfacción de las víctimas de los delitos.-
De esto nadie
habla, nadie siquiera quiere hablar. No se publican las estadísticas que
reflejan esta realidad, y que lenta, pero inexorablemente llevaron a que los
Jueces deleguen la atención de sus despachos en los Secretarios de Juzgados, y
cuando estos se vieron desbordados, en los demás funcionarios de Secretaría.-
Las audiencias
que deben ser presididas por los Jueces, se debían celebrar nada más que en
presencia del Secretario, pero cuando por causa de la gran cantidad de audiencias
que debían celebrarse en un mismo día, esos actos ya no contaban con la
presencia éste. Resultaba materialmente imposible, y los Secretarios fueron
sustituidos por los Dactilógrafos.-
Los principios de
“oralidad” e “inmediatez” que exigen la presencia del Juez, el conocimiento y
contacto de éste con el procesado, su acusador y la víctima, y que reclaman un
pronunciamiento judicial rápido, naufragaron.-
Se volvió al
anterior sistema escritural, en el cual el Juez nunca llegaba a conocer a la
persona a quien enviaba a la cárcel, ni a la víctima, que había sufrido las
consecuencias del delito.-
Nuevamente, el
Juez encerrado en su despacho, cuando mucho, debía limitarse a la lectura de
las peticiones de los protagonistas del proceso penal, que le arrimaban de un
modo distinto. No más mediante escritos preparados por la acusación y la
defensa en las oficinas de sus respectivos abogados, sino que los elaborados
por un dactilógrafo, que había dedicado más tiempo que el necesario para
“copiar” las exposiciones verbales de cada una de las partes intervinientes,
con un ritmo cansino y aburrido.-
El principio de
contradicción pasó de ser el debate desarrollado por las partes ante el Juez, a
una parodia de audiencia en la que Fiscal, querellante y defensor, que agotaban
las fuerzas físicas del dactilógrafo, dictando pausadamente todos los términos
de sus pretensiones, para posteriormente dedicar un tiempo igual o mayor a
efectuar las correcciones ortográficas y de sintaxis que se habían deslizado en
el Acta, para que el Juez, que posteriormente leyera (si lo hacía) pudiera
entender lo que las partes habían expresado o querido expresar.-
Todo volvió a su
cauce anterior, los Fiscales convalidan las irregularidades perpetradas por la
Policía, la mayor de las veces, porque ellos mismos participan y dirigen los
procedimientos viciados. Los Jueces, que firman resoluciones preparadas por
Secretarios y Dactilógrafos, generalmente utilizando procesadores de texto en
computadores, lo cual facilita la labor de “copiar” y “pegar” párrafos
completos de otras resoluciones o modelos guardados en los ordenadores, y
entonces encontramos en el “considerando” de las decisiones, que se refieren al
procesado, como “las encausadas”, o desaciertos de similares características.-
A veces una
resolución judicial, más que un colage de
distintas resoluciones anteriores, son verdaderos “Frankestein”.
Pero ello no es más que anécdota cuando éstas deben ser “revisadas” por
Tribunales de Apelación o la misma Corte Suprema de Justicia, porque el vicio
se reproduce, y en estas instancias, los dactilógrafos se llaman “relatores”, y
los Jueces, “Excelencia”.-
Si el procesado
no es “amigo”, o no tiene un abogado “amigo”, “correligionario”, “hermano”,
“compañero de juerga”, “gerente financiero” o de relaciones públicas,
encontrará el camino de la justicia plagado de obstáculos e indiferencia.-
El mismo panorama
le depara el sistema judicial actual a la víctima.-
Un sólido
entramado de complicidades, encubrimientos, desidia y corrupción, tanto moral como
económica, se ha encargado de desplazar al “sistema garantista” inaugurado hace
menos de diez años en el Paraguay.-
Lo peor de todo
es que al avance de la contracultura y acompaña el proceso hiperinflacionario
legislativo, modificando disposiciones del Código Penal y Procesal Penal, al
punto que hoy el ciudadano común ya no sabe que es delito y que no, y menos
aún, que es lo que le depara un proceso judicial en la hipótesis desgraciada de
que sea sujeto de aplicación, como víctima o como sospechoso.-
La inyección de
“sangre nueva” en el más alto Tribunal de la República, mediante la
incorporación de dos nuevos Ministros, y la asunción del cargo de Presidente de
la Corte Suprema de Justicia de uno de éstos, cuyo curriculum
evidencia una dilatada carrera judicial, nos hicieron suponer que todo podría
mejorar, pero no fue así, el sistema siguió involucionando. Los nuevos
Ministros de la Corte, pusieron en evidencia, durante el año que llevan en el
cargo, que no han sido otra cosa que “mas de lo mismo”.-
Hasta aquí, mi
balance del año. El resultado es negativo, y ello nos obliga a redoblar
esfuerzos para mejorar el sistema, y sobre todo exigir a nuestras autoridades
(Legislativas, Ejecutivas y Judiciales) que se empeñen en el mismo sentido, de
modo tal a que se devuelva al ciudadano sus derechos (al debido proceso penal, a
la presunción de inocencia, al reconocimiento de sus derechos ciudadanos, y a
contar con jueces imparciales e independientes), con la esperanza que, al concluir el 2012, los resultados del
balance que merecerá, arroje un saldo menos decepcionante.-
jorge ruben
vasconsellos
abogado