160 toneladas de azúcar o la punta del iceberg
La semana pasada fue noticia el hallazgo de algo más que ciento sesenta mil kilogramos de azúcar, ingresada al país, presumiblemente en violación de las leyes aduaneras, vale decir, de contrabando.-
El procedimiento llevado a cabo por autoridades del Ministerio de Industria y Comercio fue realizado en los depósitos de una empresa vinculada estrechamente con un conglomerado de tres cadenas de supermercados que operan en todo el país.-
A la fecha, se encuentra en trámite ante las autoridades administrativas, la investigación del hecho, cuyo propósito es establecer si el cargamento, efectivamente o no, es de origen ilegal, a los efectos de establecer las multas correspondientes.-
Paralelamente, el Ministerio Público ya habría iniciado las primeras diligencias para acompañar la investigación, a través de su Fiscal Anticontrabando.-
La primera reacción de los órganos del Estado para investigar, perseguir y castigar el hecho y a sus responsables, pareciera adecuada, por lo menos en los primeros días. Pero, si las autoridades administrativas confirman el origen ilícito del producto decomisado, el Ministerio Público deberá asumir el rol protagónico que le corresponde tomando las medidas necesarias para extender la investigación a fin que de descubrir si este hecho de “adquisición” de productos de contrabando se trata de un caso aislado o forma parte de un esquema montado a gran escala, en perjuicio del patrimonio del fisco.-
Si la Agente Fiscal interviniente se conduce negligentemente limitando su investigación al hallazgo registrado, los resultados de la labor del Ministerio Público podría resultar insuficiente, pues, cuando hablamos de ciento sesenta toneladas de productos ingresados ilegalmente, no podemos pensar que los mismos tendrían como único destino la venta al público en una sola boca de expendio, es decir, en un solo supermercado. No podríamos pensar tampoco que se trata de un hecho aislado y casual, o que estas “operaciones” se realizan con un solo producto.-
La investigación debe ser tan amplia y profunda que permita determinar el volumen real y los alcances de este tipo de operaciones, que, en cualquiera de los casos incluyen, además del delito de contrabando, otros no menos graves, como los de reducción, lavado de dinero, asociación criminal, etc.-
El hecho puntual que descubierto mediante la intervención de “uno” de los depósitos (AJ) que pertenecería al “Grupo Vierci” no puede agotarse en la determinación de la ilegalidad o no de esa mercadería, debe extenderse a todas las que se encuentran a la venta en los distintos supermercados integrantes del mismo grupo empresarial.-
El examen minucioso de sus contabilidades, el análisis comparativo de sus volúmenes históricos de compra/venta y la capacidad de producción interna de las fábricas nacionales, a fin de un control cruzado de los registros de estas y aquellas, pudiera desnudar la existencia de eventuales diferencias, incluyendo la verificación de las operaciones legales de importación, etc.-
Sería interesante que el Ministerio Público comience a ponerse los pantalones largos, porque en los últimos años lo único que nos ha ofrecido fueron debilidades y fracasos en la investigación y castigo de delitos de gran magnitud e impacto social, la “condición y calidad” de los hasta hoy condenados constituyen prueba evidente de ello.-
La eficiencia que demuestre el Ministerio Público en su labor, nos dirá si este es solo un caso “anecdótico” o en verdad se trata, apenas, de la punta de un iceberg. Aunque no albergo muchas esperanzas de que así sea.-
jorge rubén
vasconsellos